En atención
al comunicado del empresa de fecha 10 de agosto de 2015 en el que
señala que “la titularidad del derecho de huelga se halla
exclusivamente en cabeza de las asociaciones sindicales reconocidas
con personería gremial”, la Comisión Gremial Interna responde que
rechaza por falsas e improcedentes dichas expresiones porque no es
cierto que solo las organizaciones con personaría gremial se
encuentran legitimadas para llevar adelante medidas de acción
directa en defensa de los derechos e intereses de los trabajadores.
La
interpretación de la empresa es contraria a lo establecido en el
artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional y a los convenios
y tratados internacionales, en especial dicha interpretación viola
lo dispuesto en el convenio 87 de la Organización Internacional del
Trabajo.
Asimismo,
las medidas dispuestas fueron resueltas en forma legal y legítima
por la representación sindical y por el mandato de los trabajadores
reunidos en Asamblea.
Lamentamos
que la empresa en lugar de resolver los requerimientos de la parte
sindical, busque amedrentar y violar el derecho a la huelga
consagrado constitucionalmente.
Gerardo
Mazzochi -Fernando Pedernera - Carlos Saglul
Comisión
Gremial Interna de Prensa en RNBA
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